Evidencia necesaria para un caso de matrimonio ante migración

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Bienvenidos a su Columna de Inmigración, donde cada semana escribo sobre temas de interés en nuestra comunidad.

Esta semana escribimos sobre el tipo de evidencia que se recomienda para someter un caso de residencia permanente por matrimonio.

Un ciudadano americano y/o un residente permanente tienen derecho a pedir a sus esposos (as). Existen diferentes tipos de proceso dependiendo donde se encuentre el beneficiario (cónyuge que aplica para residencia).

Si la persona entró legalmente al país y se encuentra dentro de Estados Unidos y ha mantenido buen récord, es decir nunca ha violado alguna normatividad, entonces el caso se puede someter dentro de Estados Unidos.

De ser así, es muy importante comprender el tipo de evidencia que se necesita para cada proceso. Por ejemplo, la oficina de migración conocida por sus siglas en inglés como USCIS, solicitará suficiente evidencia que demuestre que el matrimonio es legítimo y que no se está efectuando sólo por obtener un estatus migratorio. Hoy solo nos enfocaremos a la parte de como documentar el matrimonio legitimo.

Alguna de la evidencia que se puede presentar es la siguiente:

1. Evidencia que documente desde cuando se conocieron, formalizaron su relación y llegaron al matrimonio. Incluyendo fotos, y documentos.

2. Evidencia que demuestre que la pareja vive junta y que comparten la misma dirección, como:

  • Recibos de utilidades/pagos de luz, teléfono, agua, etc, dirigidos a los aplicantes con la dirección donde viven.
  • Documentos enviados al domicilio de la pareja con sus nombres y su dirección.
  • Evidencia como records médicos o de trabajo que demuestren que viven en la misma dirección.
  • Registros de impuestos con su dirección

3. Evidencia de parte de testigos que atesten que la pareja se caso por amor y mantiene un lazo legitimo.

  • Cartas de amigos y familiares firmadas bajo las penalidades de perjurio, que indiquen que conocen a la pareja y que su matrimonio es verídico.

Existe más tipos de evidencia que son necesario, si usted esta por someter un caso de residencia por matrimonio contáctenos para una consulta personalizada, llámenos a nuestra oficina al 857-277-1067.

Los invito a mantenerse informados acerca de leyes de inmigración siguiéndonos en nuestras redes sociales IG / FB @Morenolawboston

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Por abogada Janeth Moreno

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www.morenoimmigration.com