La columna de Inmigración: ¿Existe la Ley de los 10 años?

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Por abogada Janeth Moreno
[email protected] / www.morenoimmigration.com

Bienvenidos a su Columna de Inmigración, donde cada semana escribo sobre temas que afectan a nuestra comunidad.

En esta ocasión quiero hablar con ustedes sobre una pregunta que recibimos muy frecuentemente, “¿Se puede calificar para la residencia si he vivido en Estados Unidos más de 10 años, pago mis impuestos, tengo buena conducta moral y tengo hijos ciudadanos?”

La respuesta es no, no existe una ley que otorgue la residencia permanente legal sólo por el hecho de vivir en los Estados Unidos por 10 años, tener buena conducta moral o tener hijos ciudadanos. La cancelación de deportación se utiliza como último recurso cuando se está defendiendo un caso contra la deportación, pero desafortunadamente por desconocimiento éste es uno de los fraudes más comunes en nuestra comunidad.

Esta defensa tiene que ser presentada ante la Corte de Inmigración y se le conoce como cancelación de expulsión o “cancellation of removal” en su traducción al inglés.

Para calificar se requieren los siguientes requisitos:

1) Presencia continua en los Estados Unidos por más de 10 años

2) Buena conducta moral

3) Poder comprobar que si de ser deportado, los hijos menores de 21 años, cónyuges, o padres que sean residentes o ciudadanos, sufrirían de una manera excepcional y extrema. Este sufrimiento tiene que ser único y muy severo, lamentablemente en la gran mayoría de los casos las familias no logran reunir este tercer requisito.

Es importante tener cuidado con este tipo de proceso, y conocer sus riesgos. En la actualidad muchas personas piensan que la ley de 10 años es una de las maneras más fáciles para obtener una residencia permanente, lo que es totalmente incorrecto, la cancelación de deportación es uno de las defensas más difíciles que existen.

Lamentablemente en la comunidad existen personas que les prometen un permiso de trabajo diciéndoles que pueden calificar para asilo, y que después invocarán esta “ley de 10 años”  ante la corte, sin saber que de no tener un caso fuerte es posible que terminen recibiendo una orden de deportación.

No ponga en riesgo a su familia, antes de enviar algún proceso migratorio asesórese por abogados de inmigración. Los invito a mantenerse informados acerca de leyes de inmigración siguiéndonos en nuestras redes sociales:

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