¿Quiénes pueden solicitar un permiso de viaje?

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Bienvenidos a su Columna de Inmigración, donde cada semana escribo sobre temas de importancia para nuestra comunidad.

Miles de personas han vivido en los Estados Unidos por muchos años, sin posibilidad de ver a sus familias y/o sin poder regresar a sus países.  Una de las preguntas que mas nos llegan es, que personas pueden solicitar un permiso de viaje y que requisitos son necesarios.

Según leyes migratorias si hay la posibilidad de solicitar un permiso de viaje, pero solo pocos reúnen los requisitos que se necesitan para poderlo someter y para que se pueda aprobar, las siguientes categorías son algunas de ellas:

1) Personas con TPS, continúan con la posibilidad de someter un permiso de viaje, siempre y cuando sigan teniendo su estatus de protección, y puedan comprobar la necesitar de su viaje por cuestiones de emergencias familiares o humanitarias.

2) Personas con estatus DACA, este grupo también tiene la posibilidad de solicitar su permiso de viaje, pero de igual forma deberán de justificar una causal de urgencia para que pueda ser autorizado.

3) Personas que tengan un caso pendiente con la oficina de migración USCIS, por ejemplo, personas que estén en espera de su residencia permanente por matrimonio, dicha solicitud podrá someterse al mismo tiempo o una vez que se haya radicado la solicitud para ajustar estatus migratorio en los EUA.

Estas son algunos de los grupos y categorías que podrían someter una solicitud de viaje, pero como siempre, antes de tomar la decisión, busquen asesoría personalizada por parte de abogados de migración, ya que cada caso es diferente y el permiso se extiende a discreción de USCIS.

Por otra parte, es importante que las personas que desean salir comprendan que el hecho de obtener un permiso de viaje, no significa que el gobierno tenga la obligación de autorizar su entrada, por tal motivo es MUY IMPORTANTE QUE SE ASESOREN antes de salir del país.

Si usted tiene caso pendiente o cuenta con estatus de protección temporal comuníquese directamente a nuestra oficina para asesorarlo y guiarlo en este proceso.

¡Estamos para servirle 857-277-1067! Moreno Law, Abogados de inmigración.

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Por abogada Janeth Moreno

[email protected]
www.morenoimmigration.com