¡Refugio y Asilo en Estados Unidos, conoce tus derechos!

Asylum decisions

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Por abogada Janeth Moreno
[email protected] / www.morenoimmigration.com

Cada día miles de personas reciben el estatus de asilado o refugiado en los estados Unidos, es muy importante conocer la diferencia y comprender sus derechos fundamentales.

¿Pero qué diferencia existe entre un refugiado y un asilado? Aquí se los explico. El estatus de refugio se obtiene antes de entrar a los Estados Unidos, generalmente a través de programas manejados por organismos internacionales como la ONU, el Alto Comisionado para los Refugiados, así como la Organización Internacional de Migración. Una vez que la persona pasa entrevistas, estudios médicos, y verificación de sus récords, el gobierno americano decide si reúne los requisitos para entrar a EUA como refugiado.

Por otra parte, el estatus de asilado se obtiene dentro de Estados Unidos, por ejemplo, cuando la persona presenta su caso de asilo frente a un juez de inmigración (a lo que se le conoce como asilo defensivo), el juez dictaminará si le otorga su caso de asilo, también el estatus de asilado se puede obtener al presentar su caso ante USCIS de forma afirmativa. De recibir una decisión favorable, ambos la corte y USCIS tienen la facultad de otorgarle su estatus como asilado.

Ahora, ¿qué derechos se tienen al recibir el estatus de “Refugiado o de Asilado” ?, aquí algunos de sus derechos:

  • Vivir y trabajar en cualquier lugar de Estados Unidos.
  • Salir e ingresar a Estados Unidos bajo ciertas condiciones.
  • Asistir a la escuela pública hasta cierta edad, según las leyes del Estado.
  • Solicitar una tarjeta de Seguro Social sin restricciones.
  • Solicitar una licencia de conducir u otro tipo de identificación del gobierno en su estado o territorio.
  • Solicitar convertirse en residente permanente legal y en ciudadano estadounidense una vez sea elegible.
  • Solicitar que su cónyuge o hijos solteros reciban estatus derivado de asilado o refugiado para vivir en Estados Unidos.
  • Reportar crímenes o abusos a las agencias de control de ley y recibir su ayuda.

Si usted tiene dudas sobre como ser elegible para recibir el estatus de refugio o de asilo, llámenos a nuestra oficina al 857-277-1067.

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